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Código Electoral Artículo 365 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Código Electoral Colima
Artículo 365.

Cuando los munícipes participen en un proceso de elección consecutiva, los servidores públicos municipales observarán la correcta aplicación de los lineamientos en materia de propaganda gubernamental que, bajo cualquier modalidad de comunicación social, difunda la administración pública municipal y vigilarán que la propaganda gubernamental sea de carácter institucional y cumpla con los fines informativos, educativos o de orientación social, así como que en ningún caso, dicha propaganda incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier munícipe con licencia que participe como precandidato o candidato.



Estado de Colima Artículo 365 Código Electoral
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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