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Código Electoral Artículo 32 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/10/2024

Código Electoral México
Artículo 32.

Las convocatorias relativas a elecciones extraordinarias no podrán restringir los derechos que este Código reconoce a los ciudadanos y a los partidos políticos ni alterar los procedimientos y formalidades que establece.



Estado de México Artículo 32 Código Electoral
Artículo 1 ...30 31 32 33 34 ...566

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