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Código Electoral Artículo 121 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/06/2026

Código Electoral Veracruz
Artículo 121.

El Director Ejecutivo de Asuntos Jurídicos tendrá las siguientes atribuciones:

I.Tramitar los asuntos judiciales o administrativos, ante las autoridades competentes o para la realización de algún proyecto;

II.Proporcionar la asesoría jurídica a los órganos del Instituto Electoral Veracruzano en el desarrollo de sus actividades;

III.Elaborar, por instrucciones del Secretario del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, los proyectos de acuerdos, dictámenes, resoluciones, informes, guiones y demás documentación que serán sometidos a la consideración del Consejo;

IV.Coadyuvar en el manejo y control del archivo de documentación derivado de las sesiones del Consejo y de las reuniones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral Veracruzano;

V.Recibir del Secretario Ejecutivo, de las Direcciones Ejecutivas y de los Departamentos, la documentación e información necesaria para la elaboración e integración de los informes y acuerdos;

VI.Llevar el control y concentrado de acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;

VII.Auxiliar al Secretario del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, en la preparación del orden del día de las sesiones y al Secretario Ejecutivo en la preparación del orden del día de las reuniones de la Junta General Ejecutiva;

VIII.Emitir opiniones sobre diversos actos jurídicos que realice o pretenda realizar el Instituto Electoral Veracruzano con particulares o diversas entidades públicas, que le sean encomendados por el Secretario Ejecutivo;

IX.Por instrucciones de la Secretaría Ejecutiva, reproducir y circular con toda oportunidad entre los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, los documentos y anexos necesarios para la comprensión y discusión de los asuntos contenidos en el orden del día;

X.Auxiliar en la substanciación de los medios de impugnación;

XI.Auxiliar en la substanciación de los procedimientos administrativos sancionadores;

XII.Participar como Secretario Técnico de las Comisiones permanentes, temporales o especiales, en el ámbito de su competencia;

XIII.Acordar con el Presidente del Consejo y el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia; y

XIV.Las demás que expresamente le confiera este Código



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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