Código Electoral Artículo 121 Estado de Veracruz
Código Electoral Veracruz
Artículo 121.
El Director Ejecutivo de Asuntos Jurídicos tendrá las siguientes atribuciones:
I.Tramitar los asuntos judiciales o administrativos, ante las autoridades competentes o para la realización de algún proyecto;
II.Proporcionar la asesoría jurídica a los órganos del Instituto Electoral Veracruzano en el desarrollo de sus actividades;
III.Elaborar, por instrucciones del Secretario del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, los proyectos de acuerdos, dictámenes, resoluciones, informes, guiones y demás documentación que serán sometidos a la consideración del Consejo;
IV.Coadyuvar en el manejo y control del archivo de documentación derivado de las sesiones del Consejo y de las reuniones de la Junta General Ejecutiva del Instituto Electoral Veracruzano;
V.Recibir del Secretario Ejecutivo, de las Direcciones Ejecutivas y de los Departamentos, la documentación e información necesaria para la elaboración e integración de los informes y acuerdos;
VI.Llevar el control y concentrado de acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;
VII.Auxiliar al Secretario del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, en la preparación del orden del día de las sesiones y al Secretario Ejecutivo en la preparación del orden del día de las reuniones de la Junta General Ejecutiva;
VIII.Emitir opiniones sobre diversos actos jurídicos que realice o pretenda realizar el Instituto Electoral Veracruzano con particulares o diversas entidades públicas, que le sean encomendados por el Secretario Ejecutivo;
IX.Por instrucciones de la Secretaría Ejecutiva, reproducir y circular con toda oportunidad entre los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, los documentos y anexos necesarios para la comprensión y discusión de los asuntos contenidos en el orden del día;
X.Auxiliar en la substanciación de los medios de impugnación;
XI.Auxiliar en la substanciación de los procedimientos administrativos sancionadores;
XII.Participar como Secretario Técnico de las Comisiones permanentes, temporales o especiales, en el ámbito de su competencia;
XIII.Acordar con el Presidente del Consejo y el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia; y
XIV.Las demás que expresamente le confiera este Código
Estado de Veracruz Artículo 121 Código Electoral
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Sonora Artículo 3009. Ley General de Salud Artículo 430. Código Civil Hidalgo Artículo 2148. Código Fiscal Tamaulipas Artículo 69.Recomendados
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 121. Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados Federal Artículo 34. Código de Procedimientos Civiles Veracruz Artículo 379. Ordenanza General de la Armada Federal Artículo 1,023. Código de Procedimientos Penales Chiapas Artículo 406. Exhibición de documentos y producción de otros medios de pruebaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios