Código Familiar Artículo 105 Estado de San Luis Potosí
Código Familiar San Luis Potosí
Artículo 105.
El concubinato es la unión de hecho de un hombre con una mujer, libres de impedimentos de parentesco entre sí y vínculo matrimonial, a través de la cohabitación doméstica, la unión sexual, el respeto y protección recíproca, con el propósito tácito de integrar una familia con o sin descendencia.
Si una misma persona establece varias uniones del tipo antes descrito, en ninguna se reputará concubinato.
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