Código Familiar Artículo 113 Estado de San Luis Potosí
Código Familiar San Luis Potosí
Artículo 113.
La disolución del concubinato faculta a la concubina y al concubinario a reclamarse mutuamente alimentos.
Atendiendo a las circunstancias del caso, la autoridad judicial competente tendrá facultades para fijar el tiempo en que deban otorgarse y el monto de los mismos, considerando que la concubina o el concubinario no tengan bienes o no estén en aptitud de trabajar. Esta acción deberá ejercerse durante los seis meses siguientes a la ruptura del concubinato.
En los casos de disolución del concubinato, la concubina o concubinario inocente, tendrá derecho a alimentos para sí o para las hijas o hijos mientras no establezca nueva relación de concubinato y viva honestamente. Sólo gozará de este derecho cuando no cuente con recursos, ni bienes propios para subsistir, o esté imposibilitado para trabajar.
TITULO QUINTO
Estado de San Luis Potosí Artículo 113 Código Familiar
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios