Código Familiar Artículo 273 Estado de Zacatecas
Código Familiar Zacatecas
Artículo 273.
Tienen acción para pedir el aseguramiento de los alimentos:
I.El acreedor alimentario;
II.El ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad;
III.El tutor del acreedor alimentario;
IV.Los hermanos y demás parientes colaterales dentro del quinto grado; y
V.El Ministerio Público.
VI.El Consejo Estatal de los Derechos del Niño
Estado de Zacatecas Artículo 273 Código Familiar
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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