CNPP Artículo 367 Federal de México
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 367.
Protección a los testigosEl Órgano jurisdiccional, por un tiempo razonable, podrá ordenar medidas especiales destinadas a proteger la integridad física y psicológica del testigo y sus familiares, mismas que podrán ser renovadas cuantas veces fuere necesario, sin menoscabo de lo dispuesto en la legislación aplicable.
De igual forma, el Ministerio Público o la autoridad que corresponda adoptarán las medidas que fueren procedentes para conferir la debida protección a víctimas, ofendidos, testigos, antes o después de prestadas sus declaraciones, y a sus familiares y en general a todos los sujetos que intervengan en el procedimiento, sin menoscabo de lo dispuesto en la legislación aplicable.
SECCIÓN II
Prueba pericial
Federal de México Artículo 367 Código Nacional de Procedimientos Penales
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¡Hola! Soy Claudia Mölleken. Vi comentarios de personas que ya habían obtenido su préstamo de un hombre temeroso de Dios llamado Tompson Gerard y luego decidí solicitarlo siguiendo sus recomendaciones y hace apenas unas horas confirmé en mi cuenta bancaria personal el monto total que solicité. Esta es realmente una gran noticia y estoy recomendando a todos los que necesitan un préstamo real que lo soliciten a través de su correo electrónico ([email protected]) WhatsApp (+18075003021). Ahora estoy feliz de haber obtenido el préstamo que solicité.
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Se tiene que presentar el procedimiento civil de "rescision de contrato" ante un juez civil y a la par de este, un acta por el delito de abuso de confianza.
Cualquier duda o cuestion puede comunicarse al 5567830059, Lic. Christian Maya y yo le puedo ayudar a recuperar su dinero
Hola, buen día!
Puedo levantar una denuncia por $190,000 que presté con fines de inversión? Tengo un "contrato" firmado por la persona a quien le deposité el dinero quien además era mi amigo. Dentro de las cláusulas del contrato vienen estipuladas las penalizaciones. Yo soy de CDMX y la persona que abusó de mi confianza se llama Juan Jesus González Ávila y actualmente recide en Mérida, Yucatán.
No te estás oponiendo a que salgan tus datos en Internet, te opusiste a que tus datos personales sean públicos, en general, esto es, se mantengan reservados, en cualquier momento del proceso puedes pedirle al juez, en audiencia o por escrito que ahora deseas que tus datos personales como nombre completo, domicilio, etc, sean públicos, pero eso no significa que van a salir "en internet" solamente que cuando sea el caso, ya no se pongan en las listas como reservados
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