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Código Financiero para los Municipios Artículo 270 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Financiero para los Municipios Coahuila
Artículo 270.

Los programas contendrán las previsiones sobre los recursos que serán asignados para la consecución de los objetivos y metas previstos, determinando los instrumentos y responsables de su ejecución.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 270 Código Financiero para los Municipios
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