Código Financiero Artículo 130 Estado de Tlaxcala
Código Financiero
Artículo 130.
Los sujetos deberán pagar este impuesto, mediante declaraciones por mes vencido, a más tardar el día diecisiete del mes siguiente, al período correspondiente, en las instituciones de crédito autorizadas.
La autoridad fiscal podrá determinar presuntivamente el monto de este impuesto, en los casos siguientes:
I.Cuando del resultado del inicio de facultades de la autoridad fiscalizadora, se ponga de manifiesto que su ingreso es superior en más de un veinte por ciento al declarado, y
II.Para determinar presuntivamente, se tendrán en cuenta las actividades realizadas por el contribuyente, los documentos, los protocolos y apéndices relativos, y sistemas en
los que consten éstas o utilice para su registro, los honorarios usuales por servicios
similares, la renta del local que ocupe, luz, teléfono, sueldos y honorarios pagados, gastos fijos, depósitos en cuentas bancarias y otros datos que puedan utilizarse.
A la base gravable determinada conforme a las fracciones anteriores se aplicará la tasa del tres por ciento.
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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