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Código Financiero Artículo 419 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 419.

Las autoridades fiscales competentes, con vista en las pruebas presentadas, resolverán en un término de diez días:

I.Si el tercero ha comprobado o no sus derechos;

II.Si tratándose de tercerías excluyentes de dominio, ha lugar a levantar el secuestro administrativo;

III.Si conviene a los intereses de la hacienda pública estatal o municipal, cambiar el embargo a otros bienes del deudor, y

IV.Si embargados los bienes señalados por los terceros, conforme al artículo anterior, procede levantar los embargos, por haber quedado asegurados los intereses fiscales y sin perjuicio de trabar nueva ejecución, en caso necesario



Estado de Tlaxcala Artículo 419 Código Financiero
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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