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Código Financiero Artículo 494 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/05/2026

Código Financiero
Artículo 494.

La coordinación entre el Ejecutivo y los ayuntamientos deberá armonizar los procesos de planeación, administración, gasto, supervisión y ejecución, para garantizar la equitativa distribución de los recursos, y hacer posible la justicia social



Estado de Tlaxcala Artículo 494 Código Financiero
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Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


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