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Código Financiero Artículo 123 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Veracruz
Artículo 123.

Es objeto de este impuesto la adquisición de vehículos usados impulsados por motor, que sean enajenados por particulares y que deban registrarse en los padrones que lleva el Estado, independientemente de sus características.

Para los efectos de este artículo se considera adquisición de vehículos:

I.Toda transmisión onerosa de la propiedad sobre vehículos de motor aún en la que exista reserva de dominio.

II.Las adquisiciones por donación, legado, cesión de derechos, la aportación a una sociedad o asociación y con motivo de un sorteo o rifa.

III.Las adjudicaciones aun cuando se realicen por el acreedor y la dación en pago.

IV.La permuta.



Estado de Veracruz Artículo 123 Código Financiero
Artículo 1 ...122 bis 122 ter 123 124 125 ...348

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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