Código Fiscal Artículo 37 Estado de Baja California Sur
Código Fiscal Baja California Sur
Artículo 37.
Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional y de curso legal.
Se aceptarán como medios de pago, dinero en efectivo, los cheques de caja, los cheques certificados y los giros postales, telegráficos o bancarios; los cheques personales no certificados únicamente cuando sean expedidos por el propio contribuyente o por los fedatarios cuando estén cumpliendo con su obligación de enterar contribuciones a cargo de un tercero, en ambos casos cumpliendo con las formalidades que se establezcan en el reglamento de este Código.
También se aceptarán como medio de pago las transferencias electrónicas de fondos a favor de la Secretaría de Finanzas o de las tesorerías municipales.
Las autoridades fiscales podrán excepcionalmente aceptar el pago de contribuciones, sus accesorios y demás créditos fiscales, a través de la dación en pago y/o la prestación de servicios del contribuyente, cumpliendo los requisitos y procedimientos que para tal efecto establezca el reglamento de este Código.
Los pagos que se hagan se aplicarán a los créditos más antiguos siempre que se trate de la misma contribución y antes del adeudo principal, a los accesorios en el siguiente orden:
I. Gastos de ejecución;
II. Recargos;
III. Multas;
IV. La indemnización a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 38 de este Código;
V. Las contribuciones y otros créditos fiscales.
Cuando el contribuyente interponga algún medio de defensa legal impugnando alguno de los conceptos señalados en el párrafo anterior, el orden señalado en el mismo no será aplicable respecto del concepto impugnado y garantizado.
Para determinar las contribuciones se considerarán inclusive, las fracciones del peso; no obstante lo anterior, para efectuar el pago se ajustará la cantidad a la unidad más próxima; cuando la cantidad se encuentre a la misma distancia de dos unidades, el ajuste se hará a la más baja.
Cuando las leyes fiscales establezcan que las contribuciones se paguen mediante declaración, la Secretaría de Finanzas o las tesorerías municipales, podrán ordenar por medio de disposiciones administrativas de carácter general y publicadas en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación, así como para allegarse de la información necesaria en materia de estadística de ingresos, que se proporcione en declaración distinta de aquella con la cual se efectúe el pago
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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