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Código Fiscal Artículo 238 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Fiscal Chihuahua
Artículo 238.

La vigilancia de este impuesto se ejercerá por la Secretaría de Hacienda, tanto directamente como por conducto de las Recaudaciones de Rentas. La Secretaría de Hacienda es la autoridad ampliamente facultada para exigir de los causantes la adopción y establecimiento de medidas de control; ordenar la práctica de auditorías, efectuar las investigaciones que procedan; obtener los datos e informes que tengan relación con el objeto de la auditoría; exigir de los contribuyentes la exhibición de los libros de contabilidad, auxiliares y documentos comprobatorios de los asientos respectivos, y en general solicitar los elementos necesarios para comprobar el cumplimiento de las disposiciones de este Capítulo.

Cuando con apoyo en las investigaciones practicadas no sea posible determinar el monto de los ingresos reales del causante, las autoridades fiscales podrán estimarlos tomando en cuenta para ello, entre otros, los elementos a que se refiere el artículo 23.

El Secretario de Hacienda podrá delegar el ejercicio de esta facultad en la autoridad que estime conveniente.

Los contribuyentes a quienes se les practique una auditoría deberán dar aviso por escrito a la Secretaría de Hacienda o a la autoridad fiscal correspondiente, de cualquier acto indebido que cometan o pretendan cometer los funcionarios designados para efectuarla. 



Estado de Chihuahua Artículo 238 Código Fiscal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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