Código Fiscal Artículo 212 Ciudad de México
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Artículo 212.
Por los servicios de registro, que preste la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, el Archivo General de Notarias y el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, se pagará una cuota por cada uno de los rubros que a continuación se indican:
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
I. Patente de Aspirante a Notario y Corredor Público …….......…........................................ $3,895.50
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
II. Patente de Notario y Corredor Público …………………………........................................ $6,493.00
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
III. Sello y/o firma …………………….................................................................................... $2,495.00
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
IV. Convenios de Notarios y Corredores Públicos ………………..………………….……... $2,495.00
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
V. Registro de la constancia de certificación, sello, rúbrica o media firma y firma del mediador privado adscrito al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ………………………………………………………………..……………………......... $6,155.00
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
VI. Los Convenios que inscriban los mediadores privados adscritos al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ….…………….........................……... $2,403.00
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