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CFF Artículo 15 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Código Fiscal de la Federación Federal
Artículo 15.

Para efectos fiscales, arrendamiento financiero es el contrato por el cual una persona se obliga a otorgar a otra el uso o goce temporal de bienes tangibles a plazo forzoso, obligándose esta última liquidar, en pagos parciales como contraprestación, una cantidad en dinero determinada o determinable que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales que establece la Ley de la materia.

En las operaciones de arrendamiento financiero, el contrato respectivo deberá celebrarse por escrito y consignar expresamente el valor del bien objeto de la operación y la tasa de interés pactada o la mecánica para determinarla.

Federal de México Artículo 15 Código Fiscal de la Federación
Artículo 1o ...14‑A 14‑B 15 15‑A 15‑B ...263

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