Código Fiscal Artículo 2 Estado de Jalisco
Código Fiscal
Artículo 2.
Son leyes fiscales del Estado de Jalisco:
I. La Ley de Hacienda del Estado de Jalisco;
II. La Ley de Ingresos del Estado de Jalisco que para cada Ejercicio Fiscal apruebe el Congreso del Estado;
III. El presente Código;
IV. Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Jalisco con sus Municipios;
V. Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco;
VI. El Presupuesto anual de Egresos del Estado que para cada Ejercicio Fiscal apruebe el Congreso del Estado;
VII. Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios;
VIII. Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco; y
IX. Las demás leyes estatales de carácter hacendario.
La aplicación de las disposiciones a que se refiere este artículo, le corresponderá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, y demás autoridades administrativas que prevengan las leyes.
Estado de Jalisco Artículo 2 Código Fiscal
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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