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Código Fiscal Municipal Artículo 90 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Fiscal Municipal Guerrero
Artículo 90.

En cuanto a los delitos tipificados en los artículos 94, 100 y 106 se requerirá querella del Ayuntamiento:

En los procesos por delitos fiscales señalados en el párrafo anterior, el Ayuntamiento antes de que el Ministerio Público formule conclusiones, cuando a su juicio ha quedado garantizado el interés fiscal, podrá solicitar en cualquier instancia al procurador de justicia, el desistimiento de la acción penal; 



Estado de Guerrero Artículo 90 Código Fiscal Municipal
Artículo 1 ...88 bis 1 89 90 91 92 ...183

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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