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Código Fiscal Municipal Artículo 12 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2026

Código Fiscal Municipal Quintana Roo
Artículo 12.

La autoridad fiscal municipal se encuentran facultados para el cobro de las contribuciones fiscales dentro del ámbito de sus competencias e incluso aplicar el Procedimiento Administrativo de Ejecución para afectar bien propiedad del contribuyente que a juicio de la autoridad exactora garantice el pago del crédito fiscal omitido así como de sus accesorios legales. Las multas impuestas por infracciones al presente capítulo, se considerarán personales para todos los efectos legales.



Estado de Quintana Roo Artículo 12 Código Fiscal Municipal
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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