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Código Fiscal Municipal Artículo 193 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Fiscal Municipal Sinaloa
Artículo 193.

El remate deberá ser convocado para una fecha fijada dentro de los treinta días siguientes a aquéllas en que se haya determinado el precio que sirva de base. La publicación de la convocatoria se hará cuando menos diez días antes del remate.

La convocatoria se fijará en el sitio visible y usual de la oficina ejecutora y en los lugares públicos que se juzgue conveniente.

En el caso de que el importe de los bienes exceda de una cantidad equivalente a cinco veces el valor mensual de la unidad de medida y actualización, elevado al año, la convocatoria se publicará en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" y en uno de los periódicos de mayor circulación.



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