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Código Fiscal Artículo 185 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Fiscal
Artículo 185.

Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, al depositario o interventor designado por las autoridades

fiscales, o depositarios por disposición de ley, que, con perjuicio del Estado o Municipio, dispongan para sí o para otro del bien depositado, de sus productos o de las garantías que de cualquier crédito fiscal se hubieren constituido, si el valor de lo dispuesto sea mayor a $75,000.00 y menor a $150,000.00; en el caso de que el valor de lo dispuesto exceda de $150,000.00, la sanción será de tres a siete años de prisión.

Igual sanción, de acuerdo con el valor de dichos bienes, se aplicará al depositario que los oculte o no los ponga en los términos de ley, a disposición de la autoridad competente, o a quienes en los casos de intervención de la negociación, no entreguen u oculten las cantidades que en numerario debe retirar el depositario designado por la autoridad.



Estado de Zacatecas Artículo 185 Código Fiscal
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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