Código Fiscal Artículo 58 Estado de Zacatecas
Código Fiscal Zacatecas
Artículo 58.
De las resoluciones por escrito que se dicten por autoridad competente a las consultas planteadas dentro de los límites establecidos en el artículo anterior, que sean favorables a los particulares, se derivan derechos privativos para éstos exclusivamente sobre las situaciones reales y concretas a que se refieran, siempre que se actualicen los siguientes supuestos:
I. Que la consulta comprenda los antecedentes y circunstancias necesarias que permitan sustentar el pronunciamiento emitido por la autoridad;
II. Que los antecedentes y circunstancias que originen la consulta no se hubieren modificado posteriormente a su presentación ante la autoridad; y
III. Que la consulta se formule antes que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación respecto de las situaciones reales y concretas a que se refiere la consulta.
La autoridad no quedará vinculada por la respuesta otorgada a las consultas realizadas por los contribuyentes cuando los términos de la consulta no coincidan con la realidad de los hechos que hubiesen sido expuestos por el promovente, o cuando hubieren existido modificaciones a la legislación aplicable que por su aplicación al caso concreto lo coloquen como inviable.
Las respuestas recaídas a las consultas a que se refiere este artículo no se consideran resoluciones definitivas, por tanto, los interesados sólo podrán impugnar las resoluciones definitivas en las cuales la autoridad aplique los criterios contenidos en dichas respuestas, a través de los medios de defensa establecidos en las disposiciones aplicables.
Estado de Zacatecas Artículo 58 Código Fiscal
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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