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Código Hacendario Municipal Artículo 296 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Hacendario Municipal Veracruz
Artículo 296.

En el caso de que la colaboración administrativa sea entre el Municipio y el Estado o sus organismos descentralizados, en materia de gasto o deuda, entero de cuotas y aportaciones de seguridad social o prestación de servicios públicos, los procedimientos y destinos del mismo serán los que se deriven de los convenios de colaboración, en los que también podrá determinarse la constitución de fondos para la ejecución de programas específicos.

En los Convenios de Colaboración Administrativa que el Ayuntamiento suscriba con el Estado o sus organismos descentralizados para el entero de cuotas y aportaciones de seguridad social, o para la prestación de algún servicio público, podrá pactarse que el Ayuntamiento, previo acuerdo de Cabildo y del Congreso, solicite al Gobierno del Estado el descuento directo aplicable a sus participaciones federales para realizar el entero al organismo que brinde la seguridad social a los trabajadores del Municipio o para aquel que preste el servicio público de que se trate



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