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Código Hacendario Municipal Artículo 383 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Hacendario Municipal Veracruz
Artículo 383.

El control y la evaluación del gasto público municipal se basarán en la información siguiente:

I.La contabilidad de las dependencias y entidades;

II.Los análisis de las evaluaciones que en materia de presupuesto y gasto público se realicen a las dependencias y entidades conforme a los criterios que fije la Tesorería para tal efecto;

III.Las conclusiones y recomendaciones y, en general, los informes y resultados de las auditorías y visitas practicadas; y

IV.Los indicadores de resultados; y

V.Las demás fuentes y medios que se juzguen convenientes



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