Código Hacendario Municipal Artículo 484 Estado de Veracruz
Código Hacendario Municipal Veracruz
Artículo 484.
Cuando no se haya hecho valer el recurso de revocación o haciéndolo, se confirme la resolución, se comunicará por oficio al Encargado del Registro Público de la Propiedad de la zona registral de la ubicación del lote, para que practique la anotación marginal correspondiente y el Ayuntamiento proceda a la recuperación física del predio y realice la variación del padrón catastral como consecuencia de la rescisión administrativa
Estado de Veracruz Artículo 484 Código Hacendario Municipal
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Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
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