Código Militar de Procedimientos Penales Artículo 3 Federal de México
Código Militar de Procedimientos Penales Federal
Artículo 3.
GlosarioPara los efectos de este Código, según corresponda, se entenderá por:
I.Asesor Jurídico: El Asesor Jurídico de la víctima.
II.Código: El Código Militar de Procedimientos Penales.
III.Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
IV.Defensor: Defensor de Oficio Militar o particular.
V.Fiscal General de Justicia Militar: El Titular del Ministerio Público Militar.
VI.Fiscalía: Fiscalía General de Justicia Militar.
VII.Juez de Control: El Juez Militar de Control.
VIII.Juez de Ejecución de Sentencias: El Juez Militar de Ejecución de Sentencias.
IX.Ministerio Público: El Ministerio Público Militar.
X.Órgano jurisdiccional militar: Los Jueces Militares; de Control, de Ejecución de Sentencias, Tribunal Militar de Juicio Oral y Tribunal Superior Militar.
XI.Tribunal Superior Militar: Tribunal Militar de segunda instancia.
XII.Tratados: Los Tratados Internacionales en los que el Estado mexicano sea parte.
XIII.Policía: Policía Ministerial Militar, Policía Militar o Común.
XIV.Víctima u Ofendido: Serán considerados como tal, exclusivamente respecto de delitos de la competencia de la Jurisdicción Militar.
Federal de México Artículo 3 Código Militar de Procedimientos Penales
Mejores juristas





con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
Leer de nuevo
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal Artículo 200. Código de Procedimientos Civiles México Artículo 2.25. Acciones oblicuas Ley del Impuesto al Valor Agregado Federal Artículo 28. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal Artículo 176. Código de Procedimientos Civiles Guanajuato Artículo 780.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios