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Código Municipal Artículo 159 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Coahuila
Artículo 159.

El Comité de planeación del desarrollo municipal es un organismo técnico, auxiliar de los ayuntamientos en materia de planeación, el cual contará con la participación de los sectores público, social y privado. Su misión es promover y coordinar la instrumentación y evaluación del Plan y ser el mecanismo de participación y decisión entre la comunidad y el gobierno municipal.



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