Código Municipal Artículo 110 Estado de Tamaulipas
Código Municipal Tamaulipas
Artículo 110.
El pago realizado por anualidad anticipada no impide el cobro de diferencias por cambio de las bases gravables o modificación en las cuotas del impuesto.
En los casos de predios que nunca hayan sido manifestados ni estén registrados en el padrón catastral del municipio respectivo, por causa imputable al contribuyente del impuesto, se fincará liquidación presuntiva y se requerirá su pago por los cinco años anteriores a la fecha de la detección de la omisión, aplicándose la tasa vigente en cada uno de los ejercicios omitidos.
Tratándose de construcciones no manifestadas, si no se puede fijar con precisión la fecha desde la cual se omitió el aviso correspondiente, se hará el cobro del impuesto por los cinco años anteriores a la fecha en que fue descubierta la omisión, salvo que el interesado pruebe que la construcción data de fecha posterior.
Los predios baldíos o no edificados, en zonas urbanas y suburbanas, excepto los que estén en zonas que carezcan de servicios públicos de urbanización y los ubicados en las comunidades rurales, causarán este impuesto conforme a la tasa que se determine anualmente en la Ley de Ingresos del Municipio respectivo, en la que podrá considerarse su incremento en razón de la expansión de los servicios públicos urbanos a zonas y áreas que permanezcan sin ser objeto de edificación, construcción o aprovechamiento económico directo durante los dos años anteriores
Estado de Tamaulipas Artículo 110 Código Municipal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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