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Código Municipal Artículo 204 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 204.

Son trabajadores de base los no incluidos en la enumeración anterior, y que por ello serán inamovibles. Los de nuevo ingreso serán de base después de seis meses de servicio.

Cuando se trate de plazas de nueva creación, la clasificación de base o de confianza que corresponda a un trabajador, se determinará expresamente por la disposición o acuerdo que formalice su creación. Sin este requisito no se otorgará el nombramiento respectivo



Estado de Tamaulipas Artículo 204 Código Municipal
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