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Código Municipal Artículo 234 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 234.

El trabajador de confianza no podrá formar parte de la organización sindical de los trabajadores de base; si perteneciera a ésta por haber sido trabajador de base, quedarán en suspenso sus obligaciones y derechos para con el sindicato, mientras desempeña puesto de confianza, al concluir estas funciones podrá reintegrarse a su plaza de base. Los trabajadores de confianza podrán formar sindicatos, en los términos de ley.



Estado de Tamaulipas Artículo 234 Código Municipal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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