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Código Municipal Artículo 264 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 264.

Prescribirán en dos meses:

I.- Las acciones para pedir la nulidad de un nombramiento hecho por error o expedido en contra de lo dispuesto en este Título.

II.- Las acciones de los trabajadores para volver a ocupar la plaza que hayan dejado por accidente o enfermedad, contando el plazo a partir de la fecha en que estén en aptitud de volver al servicio.

III.- Las acciones que este ordenamiento les concede por despido o suspensión injustificada, contando el término a partir del momento de la notificación de la separación.

IV.- Las acciones de los Ayuntamientos para suspender, cesar o disciplinar a sus trabajadores, contando el plazo a partir del momento en que sean conocidas las causas



Estado de Tamaulipas Artículo 264 Código Municipal
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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