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Código Municipal Artículo 404 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 404.

Cuando la autoridad demandada no cumpliere la suspensión concedida, a petición de parte se le requerirá el cumplimiento. Si dentro del día siguiente al requerimiento la autoridad no cumpliere con la medida cautelar, se procederá a imponerle una multa de trescientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.



Estado de Tamaulipas Artículo 404 Código Municipal
Artículo 1 ...402 403 404 405 406 ...438

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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