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Código Municipal Artículo 88 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/07/2026

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 88.

Son servidores públicos de los Municipios los miembros de los Ayuntamientos, así como toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública municipal o paramunicipal, o bien maneje o aplique recursos económicos de los Municipios.

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas será aplicable, en lo conducente, a los servidores públicos de los Municipios, conforme a las prevenciones que se señalen en los artículos siguientes.

Tratándose de servidores públicos asignados a las tareas de seguridad pública, se regirán en lo que corresponda por las previsiones de este Código y las propias de la materia



Estado de Tamaulipas Artículo 88 Código Municipal
Artículo 1 ...86 87 88 89 90 ...438

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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