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Código para la Biodiversidad Artículo 2.240 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código para la Biodiversidad
Artículo 2.240.

Los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, podrán celebrar convenios de coordinación entre sí para realizar conjuntamente o por separado actos de inspección y vigilancia, para verificar el cumplimiento de las disposiciones federales, estatales y municipales en materia de ecología, biodiversidad y medio ambiente.



Estado de México Artículo 2.240 Código para la Biodiversidad
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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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