Código para la Biodiversidad Artículo 6.88 Estado de México
Código para la Biodiversidad
Artículo 6.88.
De existir riesgo inminente para los animales o se pueda poner en peligro su vida debido a actos de crueldad o maltrato hacia ellos las autoridades competentes en forma fundada y motivada podrán ordenar inmediatamente alguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad:
I.Aseguramiento precautorio de los animales, de los bienes, vehículos, utensilios e instrumentos que se utilizaron en la conducta ilícita que da lugar a la imposición de la medida de seguridad;
II.Clausura temporal de los establecimientos, instalaciones, servicios o lugares donde se celebren espectáculos públicos con animales donde no se cumpla con las disposiciones de este Libro, su Reglamento, las normas oficiales mexicanas y con las normas técnicas estatales y con los preceptos legales aplicables;
III.Clausura definitiva cuando exista reincidencia en los casos que haya motivado una clausura
temporal o cuando se trate de hechos, actos u omisiones cuyo fin primordial sea el de realizar actos prohibidos por el presente Libro; y
IV.Cualquier acción legal análoga que permita la protección y bienestar a los animales.
Las autoridades competentes podrán ordenar la ejecución de alguna o algunas de las medidas de seguridad que se establezcan en otros ordenamientos en relación con la protección a los animales.
Estado de México Artículo 6.88 Código para la Biodiversidad
Mejores juristas





¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios