Imprimir

Código Penal Artículo 256 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código Penal
Artículo 256.

Al que ejecute intencionalmente o haga ejecutar a otra persona actos de exhibicionismo corporal obsceno ante personas menores de edad o que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho, se le impondrán de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientos días de salario.

Las mismas sanciones se impondrán a quien pague o prometa pagarle con dinero u otra ventaja de cualquier naturaleza a un tercero para que tenga cópula o realice actos sexuales o eróticos con una persona menor o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho. La misma sanción se impondrá al tercero involucrado en los tipos penales contenidos en este artículo, excepto cuando el tercero involucrado sea víctima de los delitos de trata de personas o lenocinio



Estado de Campeche Artículo 256 Código Penal
Artículo 1 ...254 255 256 257 258 ...387

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse