Código Penal Artículo 288 Estado de Chihuahua
Código Penal
Artículo 288.
Se impondrán de dos a ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa, al servidor público que:
I. Detenga a un individuo durante la etapa de investigación fuera de los casos señalados por la ley, o lo retenga por más tiempo del previsto por el párrafo séptimo del artículo 16 Constitucional;
II. Obligue al imputado a declarar;
III. Ejercite la pretensión punitiva cuando no preceda denuncia o querella;
IV. Realice una aprehensión sin poner al aprehendido a disposición del juez sin dilación alguna, en el término señalado por el párrafo tercero del artículo 16 de la Constitución Federal;
V. Se abstenga indebidamente de hacer la consignación que corresponda, de una persona que se encuentre detenida a su disposición como imputada por la comisión de algún delito, o de ejercitar en todo caso la pretensión punitiva, cuando sea procedente conforme a la Constitución y a las leyes de la materia;
VI. No otorgue la libertad provisional bajo caución durante la averiguación previa, si procede legalmente o, en su caso, no fije caución al imputado detenido en flagrancia que garantice su comparecencia ante autoridad judicial, cuando no pretenda que se decreten medidas cautelares;
VII. Se abstenga de iniciar investigación cuando sea puesto a su disposición un probable responsable de delito doloso que sea perseguible de oficio o por querella;
VIII. Practique cateos o visitas domiciliarias fuera de los casos autorizados por la ley; o
IX. Fabrique, altere o simule elementos de prueba para incriminar o exculpar a otro.
Estado de Chihuahua Artículo 288 Código Penal
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No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
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