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Código Penal Artículo 37 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Chihuahua
Artículo 37. Concepto y duración

El tratamiento en semilibertad comprende la alternancia de períodos de privación de la libertad y tratamiento en libertad, con fines laborales, educativos o de salud, que establezcan los estudios sobre personalidad que emita la Fiscalía, que conduzcan a la reinserción social y podrá consistir en: 

I. Externación durante la semana de trabajo, con reclusión de fin de semana;

II. Salida de fin de semana con reclusión durante el resto de ésta;

III. Salida diurna con reclusión nocturna; o

V. Salida nocturna con reclusión diurna.

La semilibertad podrá imponerse como pena autónoma o como sustitutiva de la prisión. En este último caso, la duración no podrá exceder de la que corresponda a la pena de prisión sustituida.

En todo caso, la semilibertad se cumplirá bajo el cuidado de la autoridad ejecutora.



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