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Código Penal Artículo 199 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Código Penal Coahuila
Artículo 199. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE NEGOCIACIÓN ILÍCITA

Se aplicará prisión de seis meses a ocho años; multa de la mitad a dos tantos del beneficio obtenido; destitución de empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación hasta por ocho años para desempeñar otro:

Al servidor público que por sí o por interpósita persona, otorgue contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias o exenciones; autorice, compre o venda; o realice cualquier acto jurídico; que le produzca beneficios económicos indebidos a él; a la empresa o sociedad de la que forme parte; o se los otorgue en forma indebida o contraviniendo la ley a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado; o a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa; o a sociedades de las que formen parte las personas antes referidas



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 199 Código Penal
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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