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Código Penal Artículo 200 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Coahuila
Artículo 200. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE TRÁFICO DE INFLUENCIAS

Se aplicará prisión de seis meses a ocho años; multa de una tercera parte a tres tantos del beneficio que obtuvo o proporcionó; destitución de empleo; e inhabilitación hasta por ocho años para desempeñar otro: Al servidor público que por sí, o por interpósita persona, intervenga en un negocio público fuera del ámbito de sus atribuciones, para obtener algún provecho indebido para sí o para otro, aprovechándose de su calidad en el cargo.

Igual pena se aplicará a quien promueva la conducta ilícita del servidor público a que se refiere el párrafo anterior.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 200 Código Penal
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