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Código Penal Artículo 307 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Penal Coahuila
Artículo 307. PENALIDAD Y FIGURA TÍPICA DE TRATA DE PERSONAS, MENORES E INCAPACES

Se aplicará de ocho a quince años de prisión y multa a quien capte, reclute, enganche, traslade, entregue, reciba, promueva, solicite, ofrezca, facilite o consiga para sí o para un tercero a una o varias personas a través del engaño, la violencia física y/o psicológica, el abuso de poder, con fines de explotación sexual y/o laboral, la realización de trabajos o servicios forzados, esclavitud o practicas análogas a la esclavitud, servidumbre, venta de personas, matrimonio forzado y/o extirpación de órganos, tejidos o sus componentes.

La pena máxima se incrementarán en una mitad más, cuando:

I.          La víctima sea una persona menor de dieciocho años o mayor de sesenta años de edad, no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o sea una persona en situación vulnerable;

II.         El sujeto activo se valiese de su calidad de servidor público o se haya ostentado como tal, sin serlo. Además se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta;

III.        Obtenga algún beneficio económico o de cualquier otra índole, para sí o para una tercera persona;

IV.       El sujeto activo tenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en el cuarto grado, parentesco civil, habite en el mismo domicilio de la víctima o tenga una relación sentimental o de hecho con el sujeto pasivo;

V.        Exista entre el sujeto pasivo y el activo una relación de confianza, cuidado, guarda o educación, o

VI.       El sujeto activo sea un ministro de culto.



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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