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Código Penal Artículo 307 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Penal Coahuila
Artículo 307. PENALIDAD Y FIGURA TÍPICA DE TRATA DE PERSONAS, MENORES E INCAPACES

Se aplicará de ocho a quince años de prisión y multa a quien capte, reclute, enganche, traslade, entregue, reciba, promueva, solicite, ofrezca, facilite o consiga para sí o para un tercero a una o varias personas a través del engaño, la violencia física y/o psicológica, el abuso de poder, con fines de explotación sexual y/o laboral, la realización de trabajos o servicios forzados, esclavitud o practicas análogas a la esclavitud, servidumbre, venta de personas, matrimonio forzado y/o extirpación de órganos, tejidos o sus componentes.

La pena máxima se incrementarán en una mitad más, cuando:

I.          La víctima sea una persona menor de dieciocho años o mayor de sesenta años de edad, no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o sea una persona en situación vulnerable;

II.         El sujeto activo se valiese de su calidad de servidor público o se haya ostentado como tal, sin serlo. Además se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta;

III.        Obtenga algún beneficio económico o de cualquier otra índole, para sí o para una tercera persona;

IV.       El sujeto activo tenga parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en el cuarto grado, parentesco civil, habite en el mismo domicilio de la víctima o tenga una relación sentimental o de hecho con el sujeto pasivo;

V.        Exista entre el sujeto pasivo y el activo una relación de confianza, cuidado, guarda o educación, o

VI.       El sujeto activo sea un ministro de culto.



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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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