Código Penal Artículo 324 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 324. CUESTIÓN PREJUDICIAL ESPECÍFICA QUE SUSPENDE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL EN BIGAMIA O MATRIMONIOS ILEGALES
El término para la prescripción de la acción penal en el delito de bigamia o de cualquier otro matrimonio ilegal, se suspenderá mientras dure el juicio de nulidad; o hasta el momento en que uno de los dos matrimonios se disuelva por la muerte de alguno de los cónyuges de buena fe.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 324 Código Penal
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