CPF Artículo 145-Bis Federal de México
Código Penal Federal Federal
Artículo 145-Bis.
(Se deroga).Por Decreto DOF 29-07-1970se derogó y suprimió del Libro Segundo el entonces Título Segundo “Delitos contra la seguridad interior de la Nación”, con sus Capítulos I “Rebelión”, II “Sedición y otros desórdenes públicos” y III “Delitos de disolución social”(Capítulo III antes adicionado DOF 14-11-1941)En consecuencia, se recorrieron en su orden los subsecuentes Títulos Tercero a Vigesimocuarto para pasar a ser los actuales Títulos Segundo a Vigesimotercero del Libro Segundo.
Federal de México Artículo 145-Bis CP
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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