CPF Artículo 213-Bis Federal de México
Código Penal Federal Federal
Artículo 213-Bis.
Cuando los delitos a que se refieren los artículos 215, 219 y 222 del presente Código, sean cometidos por servidores públicos miembros de alguna corporación policiaca, aduanera o migratoria, las penas previstas serán aumentadas hasta en una mitad.
Federal de México Artículo 213-Bis CP
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Negarse a vacunarse contra Covid 19, sería causa de despido justificado? Fracc. XII
ola amigoss
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