Código Penal Artículo 224 Estado de Guerrero
Código Penal Guerrero
Artículo 224. Robo específico
Se impondrán las mismas penas previstas en el artículo anterior, a quien sin consentimiento de la persona que legalmente puede otorgarlo:
I.Utilice energía eléctrica o cualquier otro fluido, o
II.Se apodere de una cosa mueble de su propiedad, si ésta se encuentra en poder de otra persona por cualquier título legítimo
Estado de Guerrero Artículo 224 Código Penal
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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
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