Código Penal Artículo 293 Estado de Guerrero
Código Penal Guerrero
Artículo 293. Resistencia de particulares
A quien por medio de la violencia física o moral, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones en forma legal, o resista el cumplimiento de un mandato que satisfaga todos los requisitos legales, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a ciento cincuenta días multa.
Cuando la desobediencia o resistencia sea a un mandato judicial o cumplimiento de una sentencia, la pena será de uno a cinco años de prisión y de cincuenta a doscientos cincuenta días multa.
Estado de Guerrero Artículo 293 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Ley General de Educación Artículo 90. Código Civil Durango Artículo 1500. Código Civil Tabasco Artículo 305. Cómo se puede cumplir Código Penal Federal Artículo 389. Código Civil Sonora Artículo 2749.Recomendados
Código Penal Federal Artículo 293. Código de Procedimientos Civiles Sonora Artículo 417. Código Procesal Civil Coahuila Artículo 348. Liquidación de deuda Código Penal Guerrero Artículo 62. Concepto, aplicación y duración Código Penal Guerrero Artículo 263. Portación, fabricación, importación y acopio de objetos aptos paraPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios