Código Penal Artículo 203 Estado de Hidalgo
Código Penal
Artículo 203.
Al que se apodere de una cosa mueble ajena, sin consentimiento de quien pueda otorgarlo conforme a la ley, se le aplicarán las siguientes penas:
I.- Prisión de seis meses a dos años y multa de 50 a 100 días, cuando el valor de lo robado no exceda de cincuenta veces el salario;
II.- Prisión de dos a cuatro años y multa de 100 a 150 días cuando el valor de lo robado sea de cincuenta a quinientas veces el salario;
III.- Prisión de cuatro a seis años y multa de 150 a 200 días, cuando el valor de lo robado sea quinientas a mil veces el salario mínimo;
IV.- Prisión de seis a diez años y multa de 200 a 300 días, cuando el valor de lo robado exceda de mil veces el salario;
V.- Prisión de uno a cinco años y multa de cincuenta a doscientos días, si por alguna circunstancia la cuantía del robo no fuere estimable en dinero o si por su naturaleza no se hubiere fijado su valor.
Para los efectos de este Código, el delito de robo se tendrá por consumado aunque el autor abandone la cosa o lo desapoderen de ella.
Estado de Hidalgo Artículo 203 Código Penal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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