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Código Penal Artículo 340 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Penal
Artículo 340.

Se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de 25 a 150 días y, en su caso, suspensión hasta por un año o disolución de persona jurídica colectiva, a quienes incurran en alguno de los hechos siguientes:

I.- Acaparamiento o monopolio de artículos de primera necesidad o consumo necesario, con el objeto de obtener alza de precios;

II.- Todo acto o procedimiento contra la libre concurrencia en la producción, industria, comercio o servicio público;

III.- Todo acuerdo o combinación de productores, industriales, comerciantes o empresarios para evitar la libre competencia entre sí y obligar a los consumidores a pagar precios exagerados;

IV.- Todo acto o procedimiento que constituya ventaja exclusiva o indebida a favor de una o varias personas determinadas con el perjuicio del público o de alguna clase social;

V.- Todo acto o medio por el cual se publican, divulgan o propagan noticias falsas o exageradas, con el fin de que produzcan trastornos en el mercado interior, ya sea tratándose de mercancía, de monedas, de billetes de bancos o títulos y efectos de comercio;

VI.- Destrucción indebida de materias primas, árboles, productos agrícolas o industriales o medios de producción que se hagan con perjuicio de la riqueza o el consumo del Estado; o

VII.- Difusión o propagación por medios directos y eficaces de alguna enfermedad de las plantas o de los animales, con peligro de la economía rural o forestal, o de la riqueza zoológica del Estado.

 



Estado de Hidalgo Artículo 340 Código Penal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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