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Código Penal Artículo 323 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Penal México
Artículo 323.

Cuando la persona que realiza los actos jurídicos descritos en este delito, revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en una tercera parte de la misma. 



Estado de México Artículo 323 Código Penal
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