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Código Penal Artículo 191 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/01/2026

Código Penal
Artículo 191.

Se impondrá prisión de uno a tres años y multa de veinte a cien días, y suspensión de la licencia para manejar por igual término, al que conduzca un vehículo de motor en estado de ebriedad plenamente comprobado, o bajo la influencia de narcóticos o sustancias tóxicas.

Para efectos de este Código, se considera que una persona se encuentra en estado de ebriedad, si tiene en su cuerpo, al menos cualquiera de las cantidades siguientes o su equivalente: En la sangre 0.8 gramos de alcohol por litro, en la orina 1.3 miligramos de alcohol por mililitro, o en el aire exhalado 0.4 miligramos de alcohol por litro



Estado de Nayarit Artículo 191 Código Penal
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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


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